El Servicio Nacional de Contratación Pública (Sercop), emitió la Resolución 104, con la que se fortalece el control y la supervisión a los procedimientos que pueden ejecutar las entidades contratantes, en el marco de la declaratoria del estado de Emergencia Sanitaria, decretado por el Gobierno Nacional.

La normativa emitida el pasado 19 de marzo de 2020, que modifica la Codificación de Resoluciones, señala en su artículo 1 que “En la declaratoria de emergencia será obligación de la entidad contratante declarar de forma expresa que existe una imposibilidad de llevar a cabo procedimientos de contratación comunes para superar la situación de emergencia”.

Además, especifica que, para iniciar cualquier procedimiento de contratación por Emergencia, las entidades deben publicar la Resolución en el Sistema Oficial de Contratación del Estado (SOCE), excepto en el caso de desastres naturales.

En la Resolución 104 se menciona que las declaratorias de emergencia emitidas por el Presidente de la República, no reemplazan las declaratorias que deben emitir las instituciones, esto para evitar que se mal utilicen los recursos del Estado.

Por otro lado, se establece el plazo de las emergencias, el mismo que no podrá superar los 60 días, y que los productos o servicios a contratarse deben tener relación directa con la Emergencia.

Asimismo, faculta la ejecución de compras centralizadas o corporativas, para que el Estado obtenga beneficios de negociación al consolidar la demanda de las instituciones, sean estas desconcentradas, adscritas, descentralizadas, autónomas o de otra naturaleza.

La Resolución 104 exige a las entidades contratantes que se elaboren y publiquen informes de ejecución parcial, cada 10 días, en los que se detalle el número de contrataciones realizadas, información de los contratistas, monto de los contratos y la causa que motivó este tipo de contratación y no una de Régimen Común.

Finalmente, faculta al Sercop para que inicie las acciones de control que crea necesarias en cualquier etapa de la emergencia.

En ese marco, Silvana Vallejo, directora General del Sercop, amparada en el convenio interinstitucional que mantiene con la Contraloría General del Estado, envió a este órgano de control un listado de 96 procesos de Emergencia, que fueron publicados hasta el 19 de marzo de 2020, para que sean auditados de acuerdo a sus competencias.

Sercop, hasta la fecha, controla y supervisa el 100% de los procedimientos de contratación pública por Emergencia, para garantizar que se cumplan los principios de eficiencia, transparencia, concurrencia y oportunidad.

El Servicio Nacional de Contratación Pública, cumpliendo con los principios de transparencia y acceso a la información, alimenta diariamente en su página web las Resoluciones de Contrataciones por Emergencia que realizan las entidades: https://portal.compraspublicas.gob.ec/sercop/resoluciones-de-emergencia

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