En virtud de la expedición de la Resolución de la Alcaldía No. A009-2021, que modifica el plan de restricción vehicular en la ciudad, la CIP solicitó al Alcalde de Quito se mantengan en su totalidad las excepciones contempladas en la Resolución SM 2020-072 y su modificatoria resolución SM 2021-013, donde quedan exentos de las restricciones de movilidad el transporte comercial y por cuenta propia (carga liviana, carga pesada, institucional, turismo, mercancías y mixto). Además, se aclaró que los vehículos de personas naturales que ejerzan actividades económicas correspondientes al sector productivo (agricultura y ganadería, industria, construcción, comercio y turismo) no requieren de salvoconducto para su circulación, es decir el sector productivo y sus trabajadores podrán circular únicamente con los documentos habilitantes (RUC, RISE, Guía de remisión o credencial).

Dichos planteamientos se consideraron en la Resolución No. SM 2021-021, que contiene el Instructivo para la implementación del plan de restricción y regulación de circulación vehicular denominado “Hoy no circula”.

 

 

Comparte

Este post con tus amigos o colegas