El Presidente de la República expidió el Decreto Ejecutivo No. 754 sobre los procesos de consulta ambiental en comunidades. El seguimiento a esta normativa ha sido prioritario para la Cámara de Industrias y Producción (CIP) a fin de velar por la seguridad jurídica en el Ecuador y para evitar la paralización de proyectos estratégicos para el desarrollo del país.

Esta norma es de particular interés para el sector productivo puesto que el proceso de participación ciudadana, a través de la consulta ambiental, es uno de los habilitantes para el proceso de obtención del permiso ambiental de las actividades económicas.

Entre febrero y julio de 2022, la CIP mantuvo diversas reuniones de trabajo con los ministerios de producción y ambiente para contar con una hoja de ruta clara y dar celeridad al mandato de la Corte Constitucional, pues el retraso por la suspensión del servicio de emisión de licencias ambientales por el proceso de consulta prelegislativa ocasionó la paralización de 110 proyectos de los sectores de minas, petróleo, agricultura, cerámica, canteras, vialidad, electricidad, procesamiento de químicos y fármacos, turismo, entre otros, por estar a la espera de recibir una licencia ambiental. Las pérdidas bordean los $ 1.000 millones.

Además, la CIP remitió a las distintas autoridades del Ejecutivo observaciones a los procesos referentes a la Participación Ciudadana para los Procesos de Regularización Ambiental. Como gremio hemos abogado ante diferentes instancias por la seguridad jurídica en el país, incluida la Corte Constitucional.

Adicionalmente, la CIP ejerció vocería estratégica para alertar sobre las consecuencias de la paralización de entrega de permisos ambientales al sector productivo en medios, destacándose: El Universo y Ecuavisa.

Detalles del Decreto 754

El reciente Decreto No. 754 reforma el Reglamento al Código Orgánico del Ambiente y sustituye el Titulo III: “Proceso de Participación para la Consulta Ambiental en el Proceso de Regularización Ambiental” y el Título IV: “Control y Seguimiento a la Calidad Ambiental”, que rige para todos los proyectos, obras o actividades de alto y mediano impacto ambiental (sector estratégico y no estratégico), y de bajo impacto ambiental de los sectores de hidrocarburos y minería.

La participación ciudadana para la consulta ambiental constituye un proceso que garantiza el diálogo y debate público, entre el Estado a través del Ministerio de Ambiente, Agua y Transición Ecológica (sujeto consultante) y la comunidad (sujeto consultado), como parte de la regularización ambiental. En el proceso, el sujeto consultante informará amplia y oportunamente sobre el contenido de los instrumentos técnicos ambientales, los posibles impactos y riesgos ambientales que pudieran derivarse de la ejecución de los proyectos, obras o actividades, así como la pertinencia de las acciones a tomar.

De acuerdo con la reforma, el sujeto consultante registrará y recopilará las opiniones y observaciones de la comunidad e incorporará aquellas que sean técnicas y económicamente viables en los instrumentos técnicos ambientales. Una vez entregada la información de forma accesible, libre y gratuita al sujeto consultado, se consultará a la comunidad respecto del otorgamiento del permiso ambiental.

Los proyectos de mediano y alto impacto ambiental que se registraron en el Sistema Único de Información Ambiental (SUIA), hasta el 11 de octubre de 2021, ejecutarán el proceso de participación ciudadana de conformidad con la normativa vigente al momento de su registro.

Finalmente, a fin de no suspender el servicio y únicamente hasta contar con la habilitación del SUIA, el MAATE realizará los procesos de manera externa al sistema. Una vez implementado el módulo en el SUIA, la Autoridad Ambiental competente subirá toda la información y documentación al proceso de participación ciudadana para la consulta ambiental.

Clic aquí para acceder al Decreto Ejecutivo

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