El siguiente paso será trabajar en conjunto para construir reformas estructurales que generen más empleo en el Ecuador 

El Salario Básico Unificado (SBU) para 2024 fijado por el Ministerio del Trabajo en USD 460 mensuales responde a una decisión apegada a la ley. El artículo 118 del Código del Trabajo establece que, en caso de no existir consenso entre empleadores y trabajadores, el salario deberá ser fijado por el Ministerio de Trabajo en función de la inflación proyectada para el próximo año (2,07%, según informe oficial del MEF). 

Esta decisión adoptada por el Gobierno Nacional, a través de la Presidencia del Consejo Nacional de Trabajo y Salarios (CNTS), sienta un precedente y demuestra que sí se pueden tomar decisiones que respondan a la técnica y enmarcadas en la ley. 

Ahora, es importante trabajar en conjunto, desde el CNTS, en reformas estructurales para mantener las plazas de trabajo actuales, generar más empleo de calidad y fomentar la formalidad. Debemos apuntar a la reducción de brechas laborales.  

 

Sobre la representación de los empleadores ante el Consejo Nacional del Trabajo y Salarios: La representación por parte del sector empleador está conformada por cuatro miembros principales con sus correspondientes delegados alternos. 

Gremios con vocalía principal ante el Consejo: 

  • Federación Nacional de Cámaras de Industrias del Ecuador 
  • Federación Nacional de Cámaras de Comercio del Ecuador 
  • Federación Ecuatoriana de Exportadores 
  • Federación Nacional de Cámaras de la Agricultura del Ecuador 

Gremios con vocalía alterna ante el Consejo: 

  • Cámara de Industrias de Guayaquil 
  • Asociación de Exportadores de Banano del Ecuador 
  • Federación Nacional de Azucareros 
  • Federación de Cámaras de la Construcción 

 

Comparte

Este post con tus amigos o colegas