La Cámara de Industrias y Producción (CIP) realizó la charla virtual denominada Transparencia como herramienta para la sostenibilidad de las empresas, este 23 de junio de 2021. Pablo Zambrano Albuja, presidente ejecutivo de la CIP y presidente de la Federación Nacional de Industrias del Ecuador, manifestó que desde ambos gremios “estamos convencidos de que la prevención de la corrupción y la promoción de la transparencia son indispensables para contribuir a una reactivación económica en el Ecuador”.

Zambrano mencionó las iniciativas empresariales para el combate a la corrupción como la alianza con la Cooperación Técnica Alemana (GIZ, por sus siglas en alemán) y Alliance for Integrity en Ecuador, con quienes se desarrolla el programa Ecuador SinCero. El objetivo del mismo es “crear las condiciones habilitantes para prevenir la corrupción de conformidad con estándares e iniciativas internacionales, para lo cual prestamos asistencia técnica a actores del sector público, sector privado, las organizaciones de la sociedad civil y las universidades”.

La charla estuvo a cargo de Ivonne Proaño, coordinadora de la Unidad Nacional de Transparencia, Lucha contra la corrupción y Lavado de activos de la Fiscalía General del Estado. Su ponencia se centró en el delito de lavado de activos y su afectación a las empresas y al país. “La corrupción socava la democracia y el estado de derecho, da pie a violaciones de derechos humanos, distorsiona mercados y genera otras amenazas como es el lavado de activos”, afirmó.

La especialista explicó que el lavado de activos no es un hecho como tal, sino un proceso con al menos tres etapas: colocación, estratificación e integración. Además, este delito se comete mediante varias vías como el uso de dinero en efectivo, transferencias de acciones simuladas, facturación falsa, bajo clientes inexistentes, doble contabilidad, vulneraciones a los sistemas informáticos, o creación de “empresas fachadas”.

El lavado de activos en Ecuador está tipificado en el Código Integral Penal (COIP) desde 2014 en los artículos 49, 50 y 137. Las sanciones – que incluyen a quien preste su nombre o el de la sociedad o empresa, de la que sea socio o accionista, para la comisión del delito – incluyen el comiso penal, clausura temporal o disolución de la personería jurídica. Además, la pena privativa de la libertad dependerá del monto implicado en el crimen y puede ser de uno a 13 años.

Para prevenir este delito, Proaño recomienda a las empresas revisar el Programa Anticorrupción de Ética y Cumplimiento para Empresas desarrollado por la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (ONUDOC). Esta guía práctica expone medidas que las compañías pueden tomar para establecer un programa anticorrupción de ética y cumplimiento efectivo. “Los escándalos empresariales han sacudido los mercados financieros y han menoscabado la confianza de los inversores”, señala el documento.

La representante de la Fiscalía General del Estado destacó que es importante el personal directivo de la empresa esté comprometido para combatir la corrupción. Esto significa además garantizar el compromiso con el programa en toda la empresa, establecer responsabilidades, proveer recursos suficientes, definir alcance y extensión del programa, comunicar los avances a los colaboradores, y participar en las capacitaciones.

Proaño agregó que un programa anticorrupción debe estar alineado con la legislación vigente, adaptado a requerimientos específicos, incentivar la participación de los accionistas, debe tener continuidad y promover cultura basa en la confianza.

Finalmente, Proaño recomienda que si la empresa detecta caso de lavado de activos, la primera acción debe ser denunciarlo a las autoridades nacionales; proceder a detener la operación y contratar una auditoría externa para analizar el caso.

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