Este 16 de agosto de 2023 se suscribió el Reglamento de la Ley de Economía Circular Inclusiva, cuya aplicación fue aprobada hoy mediante el Decreto Ejecutivo 844.

La Cámara de Industrias y Producción (CIP) participó activamente en la construcción de esta normativa desde 2021 a través de diferentes espacios gestionados por el gremio y convocados por la Presidencia de la República y los ministerios de la Producción y Ambiente. En estos encuentros la Cámara expresó oportunamente sus observaciones y argumentos, a las distintas versiones del documento, construidos mediante diálogo permanente con las empresas afiliadas.

Entre los planteamientos de la CIP que se acogieron para el reglamento destacan: el mantener el carácter voluntario y sujeto a incentivos de la regulación; la eliminación de esquemas tributarios de compensación de externalidades negativas y procedimiento administrativo sancionatorio sin verificación; la definición del listado de productos prioritarios en normativa secundaria y vinculado a umbrales de generación en coordinación con el sector privado; el establecimiento de metas graduales de recolección y valorización de Responsabilidad Extendida del Productor (REP) formuladas de manera participativa mediante norma específica; y la fijación de un plazo de dos años para el cumplimiento de obligaciones a los municipios (recolección diferenciada, incentivos tributarios, plantas de valorización de residuos, entre otros).

Los elementos más relevantes del reglamento aprobado son:

  • Se constituye el  Registro Nacional Integrado de Emisiones y Transferencia de Residuos (RNETR) que contendrá la información de productores, importadores, importaciones de productos prioritarios (obligatorio) o no prioritarios (voluntario) cuyos residuos sean sujetos de aprovechamiento y valorización, junto con sus metas de recolección y valorización.
  • Los productores de productos prioritarios sujetos a REP podrán conformar sistemas individuales o colectivos de gestión para cumplir el Programa de Gestión Integral de Residuos.
  •  Las metas de recolección y valorización de los residuos de productos prioritarios se establecerán en la norma técnica secundaria por corrientes de residuos. Estas metas serán establecidas por el Sistema Nacional de Economía Circular Inclusiva (SNECI).
  • El umbral de generación será calculado de forma técnica, ajustado a la realidad del país, con el apoyo el sector productivo y la academia.
  • Finalmente, se constituye el Sistema Voluntario de Economía Circular para que las personas naturales y jurídicas que se registren y cumplan con las obligaciones, puedan acceder a los beneficios de la Ley.

Clic aquí para acceder al Reglamento https://camaraindustriayproduccion-my.sharepoint.com/:b:/g/personal/camara_cip_org_ec/EdQvOIOBDG9Cj2duj8AFn0QBu4OuRN0b9Ab40x6IQaT3LQ?e=UifOSK

El reglamento entrará en vigencia una vez publicado en el Registro Oficial.

A considerar: durante la presentación de este Decreto, el presidente Guillermo Lasso anunció que el siguiente viernes enviará a la Corte Constitucional el proyecto de “Decreto Ley de Creación del Impuesto Redimible a las Botellas Plásticas No retornables”.



Revisa otras acciones de la CIP frente a la Ley de Economía Circular

 

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